Registro Turístico con Aston & Wolf
Desde el 1 de julio de 2024 es obligatorio registrar todas las viviendas de uso turístico en el Registro de la Propiedad si se desean alquilar legalmente en España.
Este trámite debe realizarse ante el Colegio de Registradores y está regulado por el artículo 5 de la Ley 12/2023 de Vivienda, además de la normativa autonómica correspondiente.
¿Quieres legalizar tu vivienda de uso turístico?
En Aston & Wolf tramitamos por ti el Número de Registro de Alquiler Turístico (NRA) necesario para operar legalmente en cualquier comunidad autónoma de España.
Nos encargamos del proceso completo, desde la recopilación de datos hasta la presentación ante el Colegio de Registradores, utilizando para ello la plataforma asociada RegistroUnico.es.
El servicio tiene un coste fijo de 100€ + IVA, e incluye el alta y el primer año de mantenimiento. A partir del segundo año, el mantenimiento tiene un coste de 50€ + IVA anuales. Puedes solicitarlo directamente a tu gestor de Aston & Wolf o en RegistroUnico.es.
¿Por qué es obligatorio este registro?
A partir del 1 de julio de 2024, todas las viviendas de uso turístico en España deben estar inscritas en el Registro de la Propiedad para cumplir con la normativa nacional. Esta obligación aplica tanto a propietarios como a gestores profesionales.
El número de registro debe figurar en todos los anuncios publicados en plataformas como Airbnb, Booking, Vrbo, etc., bajo responsabilidad del anunciante.
En Aston & Wolf te ayudamos a cumplir con esta obligación de forma sencilla, rápida y 100% legal.