Cómo registrar tu vivienda turística en el Registro de la Propiedad (guía 2025)
Actualizado a junio de 2025 | Por Aston & Wolf
¿Es obligatorio registrar mi vivienda turística?
Sí. Desde el 1 de julio de 2024 es obligatorio registrar todas las viviendas de uso turístico en el Registro de la Propiedad. Este requisito está regulado por el artículo 5 de la Ley 12/2023 de Vivienda y afecta a propietarios en toda España, incluidas plataformas como Airbnb, Booking y Vrbo.
¿Qué es el Código Registral Único (CRU)?
El CRU es el identificador oficial de una finca registral. A partir de ahora, debe constar en todos los anuncios de viviendas turísticas y ser verificado por las plataformas de alquiler. En caso de no disponer de este código, puedes solicitarlo a través de una nota simple.
Cómo hacer el registro paso a paso
- Reúne los datos de la propiedad y del titular.
- Identifica el Registro de la Propiedad que corresponde.
- Accede a la plataforma del Colegio de Registradores o usa servicios delegados como RegistroUnico.es.
- Rellena el formulario y adjunta la documentación requerida.
- Recibe el número de Registro (NRA) por correo electrónico una vez validado.
¿Cuánto cuesta registrar una vivienda?
El registro tiene un coste administrativo. En Aston & Wolf ofrecemos un servicio completo por 100€ + IVA, que incluye la gestión de la solicitud. Además, existe una cuota anual de mantenimiento de 50€ + IVA para mantener el registro activo.
Si necesitas que obtengamos por ti la nota simple y el CRU, se aplica un suplemento adicional de 25€ + IVA.
¿Qué pasa si no registro mi vivienda?
Las autoridades autonómicas podrán sancionar a los propietarios que operen sin registro. Además, plataformas como Airbnb ya están exigiendo el NRA para poder publicar un alojamiento.
Registra tu vivienda con Aston & Wolf
En Aston & Wolf nos encargamos de todo por ti. Utilizamos la plataforma RegistroUnico.es y te garantizamos una gestión segura, rápida y conforme a la ley.